Tus días de vacaciones: arrastre, días protegidos y avisos
Cuántos días te quedan, cuáles vienen del año anterior y cuándo caducan, qué días están protegidos por una baja y qué avisos recibes antes de perder ninguno.
Actualizado el . 4 min de lectura
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En Tus días, dentro de RRHH, Mis ausencias, ves las vacaciones de este año y los días que vienen de antes, cada grupo con su fecha de caducidad. UTILIA OS usa primero los días que caducan antes y no da ninguno por perdido sin haberte avisado por escrito dos veces. Si estás de baja, los avisos te esperan a la vuelta.
Lo que ves en Tus días
- Días de vacaciones de este año, con «Aprobados» y «Pendientes de aprobar».
- Asuntos propios y Descanso compensatorio, si tu empresa te los da, con los que te quedan.
- Si te incorporaste a mitad de año, «Prorrateados desde tu incorporación el…»: los días que te corresponden desde esa fecha, con el total del año completo al lado.
- Debajo, un renglón por cada grupo de días que viene de antes, con su caducidad.
Tus vacaciones salen de tu horario y las ajusta quien gestiona los días por persona en tu empresa; si ves un número que no esperas, pregúntale a RRHH.
Los días que vienen de antes
Hay tres clases de días que pasan de un año a otro, y cada una caduca de forma distinta:
| Renglón | De dónde vienen | Hasta cuándo |
|---|---|---|
| «8 días del año 2026, hasta el 31 de marzo» | Vacaciones que te sobraron, si tu empresa deja pasarlas al año siguiente | La fecha límite que fija tu empresa |
| «5 días protegidos por tu baja, hasta el…» | Vacaciones que no pudiste disfrutar por una baja médica o por riesgo durante el embarazo o la lactancia | 18 meses desde el final del año en que se generaron |
| «12 días protegidos, sin fecha de caducidad» | Vacaciones que no pudiste disfrutar por un nacimiento, una adopción o un acogimiento | No caducan |
Cuando pides vacaciones, los días se cogen primero de los que caducan antes: el formulario te lo dice con «Se usan primero los días que caducan antes». Así nunca se te queda un grupo sin usar mientras gastabas otro que aguantaba más.
Si tu baja estuvo relacionada con el embarazo, el parto o la lactancia, los días protegidos por esa baja no caducan: díselo a RRHH, que puede quitarles la fecha de caducidad sin que tengas que contar nada más.
Avisos antes de perder un día
Ningún día de vacaciones se pierde sin dos avisos formales por escrito. Te llegan en la aplicación y por correo, y no se pueden apagar.
Avisos de las vacaciones del año
1 de octubre
Primer aviso
Te quedan días del año: tres meses antes de que acabe.Espera de 2 meses hasta el siguiente.
1 de diciembre
Segundo aviso
Un mes antes de que acabe el año.Espera de 1 mes hasta el siguiente.
31 de diciembre
Cierre del año
Lo que sobra pasa al año siguiente o se pierde, según tu empresa.
- Si estás de baja cuando toca un aviso, no te molesta: se guarda y te llega a la vuelta, con los días y las fechas de ese momento.
- Si la caducidad llega durante una baja o una suspensión, lo que te queda pasa a días protegidos en lugar de perderse.
- Si por algún motivo no te llegó el aviso, el plazo se alarga 30 días y se te avisa entonces.
Lo que se pierde, solo se pierde después de esos avisos. Si tu empresa no deja pasar los días al año siguiente, se pierden el 31 de diciembre, salvo los protegidos.
Avisos de vacaciones
En Mis ausencias, el grupo Avisos de vacaciones guarda los avisos formales que te ha enviado tu empresa, con su texto exacto y la fecha de envío. Los que no has leído llevan Nuevo. Al abrir el grupo quedan como leídos, y desde cualquiera de ellos puedes ir a Pedir vacaciones.
Lo que caduca en los próximos dos meses aparece además en Requiere tu atención, arriba del todo, con el día en que vence.
Si dejas la empresa
Al darte de baja, quien gestiona RRHH ve tus vacaciones pendientes de liquidar con este mismo desglose: los días del año, los que venían de antes por grupo y los ya disfrutados.
Si algo falla
- El número de días no es el que esperabas. Mira si hay días pendientes de aprobar o de un grupo anterior. Si sigue sin cuadrar, pregunta a RRHH: los días los ajusta quien gestiona los días por persona, y cada cambio queda anotado con su motivo.
- No ves los días del año anterior. Tu empresa no deja pasar los días al año siguiente, o ya los has usado.
Siguiente paso
Ponlo en práctica
Lo encontrarás en Mis ausencias. Para abrirlo, entra con tu cuenta de UTILIA OS.